La energía solar es, sin duda, una de las soluciones más eficaces si hablamos de sostenibilidad y renovables. Lógicamente, esto se traduce en un auge de este tipo de instalaciones que solo acaba de comenzar. Pero, ¿es una fórmula al alcance de todos? Para aclararlo, revisamos cuáles son actualmente las condiciones y requisitos para colocar paneles solares en cubiertas.
Como punto de partida, es interesante comenzar señalando que, básicamente, existen dos tipos de condicionantes, los físicos, relacionados con la superficie de instalación, y los legales, relativos a requisitos urbanísticos y eléctricos, como vamos a comprobar. Cumpliendo estas condiciones y requisitos para colocar paneles solares, el autoconsumo será una opción posible y se podrá incorporar a cualquier proyecto de rehabilitación energética en edificios.
Aunque se puede pensar que los requisitos legales son la mayor dificultad a la hora de instalar paneles solares, lo cierto es que el factor más determinante es el que tiene que ver con las condiciones y estado general de la cubierta. Podemos hablar de tres aspectos relativos a la cubierta que marcan la diferencia entre poder o no instalar paneles fotovoltaicos:
Una instalación de paneles solares va fijada a la cubierta mediante una estructura propia, no se encajan directamente en el techado. Pero, si existe un problema en el recubrimiento que afecte especialmente a la impermeabilidad es imprescindible repararlo antes para poder instalar las placas fotovoltaicas. No puede haber riesgos de goteras.
Además, otras condiciones que debe respetar una cubierta para colocar en ella paneles solares son:
Como es obvio, los paneles solares solo funcionan si reciben radiaciones del sol. Y no pocas, cuantas más horas y más intensa sea la incidencia de los rayos solares, mayor energía se genera. Como país ubicado en el hemisferio norte, en España deben instalarse paneles solares en cubiertas con orientación al sur.
Cuidado, porque no solo importa la orientación. Igual de importante es asegurarse que la cubierta no se vea afectada por la incidencia de sombras, que pueden rebajar la producción de energía incluso hasta llevarla a cero.
Una vez se ha contrastado que la cubierta cumple con todos los requisitos físicos para poder servir de soporte de paneles solares, es el momento de fijarse en la normativa que regula estas instalaciones, en su faceta urbanística y en la corresponde a su uso como fuente de energía eléctrica.
Para empezar, como ocurre con cualquier proyecto de rehabilitación de un edificio, se debe solicitar una licencia o permiso de obras a la administración competente. Esta solicitud puede abarcar distintos aspectos, dependiendo de si es considerada obra mayor o menor, si necesita una Declaración responsable u otras variables.
Por supuesto, el edificio debe contar previamente con todos los permisos que lo reconocen legalmente, sino toda reforma o instalación que se haga en él será ilegal. Otros asuntos que conviene confirmar son los relativos al tipo de suelo (si es urbano o rural), la zona donde se ubica (entorno natural o histórico protegido).
Finalmente, una instalación fotovoltaica debe registrarse y legalizarse en el Ministerio de Industria. En este sentido, debe ser supervisada y validada por un instalador autorizado que le confiera el correspondiente CIE (Certificado de Instalación Eléctrica).
En todos nuestros proyectos de rehabilitación energética de edificios, el equipo de expertos de CEPROSAN valora las posibilidades de incorporar paneles solares al mismo. En los casos que no es posible, siempre encontramos otras soluciones que optimicen la eficiencia energética de esa vivienda.