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Resumen Guía del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid sobre los Fondos de Recuperación de Edificación

10 enero, 2022
Fondos Europeos Recuperación Edificios

Este año 2022 que acabamos de estrenar será el del despegue definitivo del sector de la construcción y la rehabilitación de edificios gracias a la llegada a España de los Fondos Europeos. Sin embargo, no solo arquitectos, constructores o promotores son figuras esenciales para que este plan de ayudas cumpla sus objetivos. El papel de los Administradores de Fincas es igualmente necesario. De ahí que hayan publicado una guía para resumir las claves de esos Fondos de Recuperación y que nadie desaproveche esta incomparable oportunidad.

 

¿Cómo implican los Fondos Next Generation a los administradores de fincas colegiados?

Lo cierto es que estos profesionales son imprescindibles para que los Fondos Europeos lleguen a todos los hogares españoles. Y es que los Administradores de Fincas colegiados son los encargados de tramitar las ayudas en aquellos edificios que se ocupan de gestionar. 

Pero, antes de eso, son importantes porque pueden dar a conocer la existencia de estas ayudas a sus clientes y toda la información sobre quienes pueden optar a solicitarlas y en qué consisten. También, el tipo de obras de reforma y rehabilitación de edificios que se pueden acometer bajo este paraguas de subvenciones, especialmente, en lo que se refiere a rehabilitación energética.

 

Resumen sobre los Fondos Europeos de Recuperación de Edificios

En primer lugar, hay que destacar que todo lo relacionado con los Fondos de recuperación está recogido en el Reglamento 2020/2094 de 14 de diciembre de 2020, aprobado en esta fecha por el Consejo de la Unión Europea. En España, por su parte, se ratificó con el Real Decreto 36/2020 de 30 de diciembre. 

En estos dos documentos se recogen las razones por las que se adopta esta medida sin precedentes, sus objetivos y ámbito de aplicación entre otras informaciones de las que destacamos los siguientes puntos:

  1. La comunidades de propietarios pueden acceder a estas ayudas siempre que las obras que realicen estén relacionadas con la instalación de energías renovables (placas fotovoltaicas o solares), la mejora del aislamiento de fachadas y cerramientos, la implantación de instalaciones eléctricas más eficientes y la colocación de mecanismos de control y gestión de la energía más eficaces.
  2. Para facilitar la toma de decisiones de rehabilitación en los edificios comunitarios, se modifica la Ley de Propiedad Horizontal en el sentido de que solo se necesita una mayoría simple a favor de los propietarios para aprobar las obras y para solicitar las ayudas y los pertinentes sistemas de financiación de las mismas. Además, se les concede la condición de gastos generales, por lo que todos los propietarios están obligados a contribuir a su pago.
  3. Se reconoce personalidad jurídica a las comunidades de propietarios para que puedan pedir financiación o créditos destinados exclusivamente a mejorar la eficiencia energética de su edificio. 
  4. Establece hasta tres deducciones en el IRPF (del 20%, del 40% y del 60% sobre lo pagado por las obras) y, también, en el Impuesto de Sociedades.
  5. Para tener acceso a los Fondos, las reformas realizadas deben conseguir un ahorro energético mínimo del 30% o un cambio en la clasificación energética que lleva a la calificación de A o B.
  6. Los propietarios tienen también acceso a las ayudas si acometen obras a título individual en sus viviendas. Estas deben suponer una reducción de al menos el 7% en consumo energético para tener una reducción fiscal del 20% del gasto. Deben aportarse las facturas de la reforma.
  7. Las bases de las convocatorias para solicitar los Fondos Europeos para la rehabilitación energética de edificios se irán publicando por las respectivas comunidades autónomas. Se incluirá información sobre la participación público-privada para facilitar el acceso a las mismas.

 

Desde CEPROSAN estamos al día y nos preocupamos de asesorar e informar a nuestros clientes sobre este o cualquier otro asunto de rehabilitación de edificios, donde también puedan beneficiarse con su proyecto de reforma.

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